El Censo Agrario 2020 lo realiza el Instituto Nacional de Estadística (INE) cada 10 años, y recoge información sobre la estructura del sector agrario en nuestro país.

Los Reglamentos Europeos 2018/1091 y 2018/1874 establecen la obligatoriedad de realizar un Censo Agrario en 2020 y especifican una serie de variables a recoger.

Los datos estructurales del censo

¿Qué es el censo?

Información recogida por el INE

Ámbito de aplicación del censo agrario 2020

Bloque censal principal

Características principales a recoger por el censo según Reglamentos Europeos 2018/1091

Bloque censal complementario (anexo IV del Reglamento)

No se consideran explotaciones agrícolas

Fecha del censo agrario 2020

Desde febrero del 2020 hasta octubre de 2020 y los datos se publican en marzo del 2022.

Ámbito territorial

La obligatoriedad se extiende a toda la Península, Islas baleares, Islas Canarias, Ceuta y Melilla.

Ámbito poblacional

Reglamentos Europeos 2018/1091-Anexo II

Explotaciones agrícolas a considerar en el censo agrario 2020:

Censo agrario de SAU-Plantación de nogal intensivo
Plantación de nogales

Fuente:

INE

Plantae

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